Pleito Avargues-Pastor
En febrero de 1823 las Cortes votaron una leva de 30.500 soldados al ver que el ejercito francés cruzaba la frontera. Del reclutamiento anterior debió caerle en suerte unirse a las filas constitucionales a Jaime Pastor de Jaime, éste, de familia adinerada, formalizó una escritura el 10 de marzo ante el escribano de Benissa Josep Manuel Ivars, mediante la cual Roque Avargues se obligaba a servir en el ejército hasta el 14 de junio de 1824, como sustituto de Jaime Pastor. Era lo que se llamaba un soldado de cuota. Los Pastor abonarían a Roque 300 libras cuando éste finalizara el servicio militar, mientras tanto entregarían a Juan Avargues, padre de Roque, una renta en concepto de intereses de las 300 libras adeudadas.
Roque recibió además, anticipadamente, 30 libras de manos del padre de Jaime Pastor, y de esta manera se incorporó al ejercito constitucional, del que desertó rápidamente al ver el avance francés. Avargues regresó a su hogar, pero a los pocos días, es decir, el 1 de julio de 1823, era obligado a incorporarse al ejercito realista en Valencia.
El pleito se inició cuando Roque Avargues no pudo licenciarse el 14 de junio, tal como estipulaba el contrato firmado el 10 de marzo de 1823, sino que tuvo que continuar en filas hasta el 26 de diciembre de 1825. Por tanto hizo el doble de tiempo de servicio militar al haber sido reenganchado en virtud de las reglas de segunda y sexta de la Real Orden de 14 de junio de 1824. La carta de licencia que le dio don Josef Borrás dice, entre otras cosas, que debía cobrar por el tiempo doble de campaña realizado, un total de tres meses de servicio activo, pero que el soldado licenciado no había cobrado sus haberes.
“...va ajustado y no satisfecho de haberes que le han correspondido por no haverlo verificado por falta de fondos las oficinas de la Real hacienda”.
El problema era el tiempo de servicio militar no pactado, ¿ quién debía pagarlo?. Los Avargues pretenden cobrarlo, para ello aducen que se trata del servicio hecho en sustitución de Jaime Pastor. Por su parte, los Pastor afirman que Roque ha hecho más mili voluntariamente y que si le ha tocado hacer más, justificándose en el real Decreto de Clasificación de 9 de agosto de 1824, el servicio que ha prestado de más no es en sustitución de Jaime Pastor, sino porque le había tocado al joven Avargues, hijo de Juan y de Clara Beltrán.
Por otra parte, los Pastor no habían pagado el total de las 300 libras acordadas, pues el 19 de junio de 1825, un año después de la fecha de finalización del contrato, en el flio II del pleito se dice:
“Recibo y confieso, yo Juan Avargues, haver recibido de Jayme Pastor quince libras a cuenta del dinero que me debe dar de interés de la cantidad que tiene en su poder de mi hijo Roque, por haver servido en el exercito por subsituto de su hijo Jayme Pastor de Jayme”.
Pastor en estos momentos había realizado dos pagos de 30 libras, por tanto sólo había entregado 60 de la cantidad establecida en el contrato, más 15 libras en concepto de intereses. Esto motivó a los Avargues a acudir ante la justicia local y así en la segunda mitad del año1825 reclamaron el pago de la cantidad estipulada, añadiendo el tiempo de más que el hijo había estado cumpliendo el servicio militar.
“ En la villa de Calpe a los veinte y cinco días del mes de enero de mil ochocientos veinte y cinco, el señor Bartolomé Martí, Regidor Decano Regente de la Jurisdicción Real ordinaria de la misma dijo:
Que por ser juez letrado nombrava y nombró por su asesor en estas diligencias al Dr. don Miguel Martinez y Teclés, abogado de los Reales Concejos, vecino de la villa de Altea, para que acuerde en ellos lo que corresponde y no firmo por no saber”.
El día 5 de octubre de 1825 el juez de estos autos y alcalde ordinario de Calp, don Francisco Tur dijo:
“Que teniendo por presentadas las diligencias que se acompañan, devia mandar y mandava se despachase el correspondiente mandamiento de execución en forma contra los bienes de Jayme Pastor por la cantidad de 270 libras moneda provincial de que le és el dever a Roque Avargues de plaço por haver este ido a hacer el servicio”.
En cumplimiento de la resolución anterior, Carlos Bertomeu, alguacil y pregonero del juzgado de Calp, se presentó en la casa de Jaime Pastor, y le ordenó personalmente que pagara las doscientas setenta libras indicadas en la orden, más los gastos ocasionados y los que se producirán hasta el pago efectivo de la deuda, a lo que Pastor contestó:
“...que por no tener dinero de purulo para su pago, señalava y señaló dos sillas, seis peroles, una mesa y un librillo de amasar. Y a falta de otros muebles señaló los jornales de tierra cita en este término, partida del Corralets, plantada de diferentes arboles, lindante con tierras de Francisco Tur y Pedro Pastor...En cuyos bienes travó dicho alguacil la referida execución...”.
A Avargues los bancales situados en els Correlets parece ser que no le satisficieron, ya que pidió que se los cambiaran por otros dos situados en Oltá. Así se hizo, además de requisar un “ porc negre amb rabo”. Poco después, el 25 de noviembre de 1825, Jaime Pastor solicitaba que le embargaran al animal pues “havia epidemia que estan padeciendo dicha casse de bestias, muriéndose de ellos casi diariamente, a cuyo notable y oróximo perjuicio me veo expuesto por haverme embargado el tal cerdo, y con ello privarme de sacar de él, el util que me he prometido matándole en la época más proporcionada en que nos hallamos para ello”.
En contestación a lo solicitado, un perito calculó el valor del cerdo en 24 libras. Hecho esto se comunicó por medio de pregón al pueblo que el citado animal sería subastado el próximo 6 de diciembre a las 10 de la mañana en la plaza mayor. El ganador en la puja fue Juan Roselló, labrador que ofreció por el puerco la cantidad de 16 libras 10 sueldos.
La sentencia que dio el alcalde mayor de las baronias en el pleito entre Juan Avargues y Jaime Pastor fue la siguiente:
“En la villa de Altea, a los veinte y dos días del mes de de enero de mil ochocientos veinte y siete, el señor don Juan Bautista Llorens y Juanes, Alcalde Mayor por su Magestad de la misma y su tierra, en vista de estos autos Dijo, devia declarar y declarava que Jayme Pastor cumple en pagar a Roque Abargues, hijo de Juan, a prorrata del tiempo que dicho Roque sirvió por el hijo de aquel, contando desdee desde el dicho día diez de marzo mil ochocientos veinte y tres, fecha de la escritura, cabeza de autos hasta doce de julio mil ochocientos veinte y quatro, en que fue comunicada la Real Orden de catorce de junio por la que se declarasen nulos los reemplazos hechos desde siete de marzo mil ochocientos veinte, y dieciocho días más que considera muy suficiente para que los cuerpor expediesen sus licencias a los soldados; que lo son un año quatro meses y veinte días a cuyo tiempo en propención a los seis años que devia servir le corresponden sesenta y nueve libras, nueve sueldos, deviendo satisfacer además once libras, cinco sueldos, que por razón de pensiones al tres por ciento de la deuda de las doscientas setenta libras debió hacer suyas Juan Avargues, padre de Roque, en el referido tiempo de un año, cuatro meses y veinte días, que al todo hacen ochenta libras, catorce sueldos, de los cuales rebajados treinta que ya entregó Jayme Pastor antes del otorgamiento de la citada escritura y las otras treinta que resultan de las recibidas, quedan por satisfacer veinte libras, catorce sueldos, Y por este auto que en fuerza de definitivo proveyo, así lo mando y afirmo.
Don Juan Bautista Llorens y Juanes”
Jaime Pastor no estuvo de acuerdo con esta sentencia y presentó un recurso que fue visto por los señores Cartagena, Aznar y Forma, con la asistencia del doctor parra y del procurador doctor Ruiz, que declararon que Jaime Pastor debía entregar a Roque Avargues un total de 115 libras, 16 sueldos y 8 dineros además de pagar las costas.
Andrés Ortolá Tomás
Del libro Historia de Calp de Jaume Pastor y Julia Campon
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